Glosario · Nómina

Tipo de retención

Porcentaje que se descuenta del salario cada mes como pago a cuenta del IRPF; no es el impuesto final, que se regulariza en la declaración.

En la práctica.

Un tipo del 12 % sobre 2.000 € brutos retiene 240 € al mes; si al cerrar el año el impuesto real es menor, la diferencia se devuelve en la declaración.

El tipo de retención es el porcentaje que el pagador aplica sobre la retribución para ingresar en Hacienda un adelanto del IRPF. Se calcula con el procedimiento oficial del art. 101 LIRPF y de los arts. 80-89 RIRPF, que tiene en cuenta el importe anual de la retribución, la situación personal y familiar, la discapacidad, las anualidades por alimentos y otras variables. [hecho] Fuente: AEAT, servicio de cálculo de retenciones, consultado el 26-oct-2026.

Tres consecuencias prácticas:

  1. No es el IRPF final. Es un pago a cuenta: la diferencia se regulariza en la declaración y puede salir a devolver o a ingresar.
  2. No es la escala. El tipo de retención no se lee en la tabla de tramos; se obtiene del algoritmo. Por eso dos personas con el mismo bruto pueden tener retenciones distintas.
  3. No hay una reforma de escala en septiembre de 2026. El RDL 23/2026 amplía una reducción excepcional del tipo a residentes en La Palma; el resto mantiene el algoritmo general. [hecho]

Relación con otros términos. Se distingue del tipo marginal, que es lo que paga el último euro de base, y no se calcula sobre la base de cotización sino sobre la retribución.

Definición formativa; el cálculo aplicable a un caso concreto corresponde al servicio oficial de la AEAT.

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